Esta misma madrugada va a entrar en vigor la ley aprobada por la Generalitat que establece que para acceder a determinados recintos es necesario tener un pasaporte covid; pero ¿qué es el pasaporte covid?, ¿dónde y cuando me lo exigen?, ¿me pueden sancionar si no lo tengo?
Estas son las características del famoso pasaporte covid:
¿QUÉ ES Y CÓMO LO OBTENGO?
- Se trata de un documento que certifica que se ha recibido la vacunación completa contra la covid, o que se ha superado la enfermedad en los últimos seis meses, o que se tiene una prueba diagnóstica negativa (PCR en las últimas 72 horas o test de antígenos de 48 horas).
- Se puede descargar en el móvil desde la página web de la Conselleria de Sanidad, o imprimirlo, o solicitarlo en el centro de salud.
- Hay que mostrarlo -en papel o en el móvil- junto a la identificación personal (DNI o pasaporte) en los locales que están obligados a pedirlo, que colocarán en la entrada en una zona visible un cartel que informe de que se requiere el pasaporte para acceder y de que no conservarán los datos personales.
- Los locales comprobarán si el certificado presentado es válido escaneando el código QR mediante una aplicación gratuita (CovidCheck.Iu), y si los datos personales del certificado coinciden con el documento de identificación de la persona.
¿DÓNDE ME LO VAN A PEDIR?
- En locales de restauración con aforos de más de 50 personas: cafés, bares y cafeterías, restaurantes, salones de banquetes, establecimientos públicos ubicados en zona marítimo-terrestre y salón-lounge.
- En locales de ocio y entretenimiento con aforos de más de 50 personas: discotecas, pubs, salas de fiestas, salas de baile, ciber-cafés y establecimientos de exhibiciones de contenido erótico.
- En espacios dedicados a actividades recreativas y de azar con servicio de restauración: casinos de juego, salas de bingo, salones recreativos de máquinas de azar tipo A y B, salones de juego, así como en tómbolas y salones cíber y similares.
- En eventos y celebraciones de más de más 500 personas donde no siempre se pueda llevar la mascarilla
- Durante visitas a hospitales (cuando se permitan) y a residencias de servicios sociales tanto públicas como privadas.
- NO ES NECESARIO EN: Los comedores (no cafeterías) de centros docentes de enseñanza reglada, respecto del alumnado y profesorado.
HASTA CUÁNDO TENGO QUE TENER ESTE PASAPORTE
- La exigencia del pasaporte covid entra en vigor a las 00.00 horas de este 4 de diciembre y, en principio, estará vigente durante treinta días naturales.
¿QUÉ PASA SI NO LOTENGO?
- Te pueden sancionar con multas que podrán ir desde los 60 hasta los 30.000 euros.
- El Gobierno valenciano ha modificado el Decreto ley 11/2020, de 24 de julio, del Consell, de régimen sancionador específico contra los incumplimientos de las disposiciones reguladoras de las medidas de prevención ante la covid-19, con dos nuevos apartados en sendos artículos, ante la obligatoriedad del certificado en el acceso a determinados espacios en la Comunitat Valenciana.
- Se introducen sanciones leves de entre 60 y 600 euros para los particulares que incumplan las restricciones de entrada o exhibición de los documentos correspondientes, estando debidamente anunciadas, en referencia a los clientes que se cuelen en el local o no enseñen el pasaporte correspondiente.
- También se podrán imponer sanciones de 60 a 600 euros a los locales que incumplan la obligación de colocar carteles o medidas informativas en los que sea exigible de acuerdo a las órdenes de la autoridad sanitaria, según informan a EFE fuentes de la Generalitat.
- Para incumplimientos del titular del establecimiento en la obligación de solicitar el pasaporte y de quienes permitan el acceso al interior de los locales donde sea exigible, las multas van desde los 601 a los 30.000 euros, y se considerarán graves.








