El anuncio de las elecciones generales para el 23 de julio ha despertado varias incertidumbres, entre ellas, qué hacer en caso de haber programado unas vacaciones durante esas fechas si se es seleccionado como miembro de una mesa electoral. Debido a que el domingo electoral coincide con el puente por el día de Santiago Apóstol, que es festivo en ciertas comunidades autónomas de España como Galicia, Castilla y León, Navarra y el País Vasco, la posibilidad de ser llamado a formar parte de una mesa electoral aumenta en este periodo.
Es importante destacar que los presidentes y vocales de las mesas, así como los dos suplentes por cada uno de ellos, son elegidos por sorteo entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno después de la convocatoria, o sea, del 24 al 28 de junio. A partir de ahí, los seleccionados tienen siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona la causa documentada que les impida la aceptación del cargo.
La Junta Electoral Central emitió en 2011 una instrucción con una lista de supuestos en los que estaría justificada la excusa de la persona designada, en el cual se incluirían causas personales, familiares y profesionales. Sin embargo, no figura en la lista ningún caso relacionado con la adquisición de billetes o reservas de alojamientos por motivos vacacionales. Por lo tanto, se podría alegar ante la Junta Electoral de Zona, pero será esta entidad quien decida.
Es fundamental presentar toda la documentación necesaria y acreditar todas las circunstancias por las que se solicita no estar en la mesa electoral. En este sentido, hay que tener en cuenta que la Junta Electoral de Zona es la que decide en última instancia tras el análisis de la correspondiente justificación. La determinación por parte de la Junta puede también depender del tipo de circunstancias concretas que sean alegadas, por lo que se recomienda contar con la mayor cantidad de información posible a la hora de hacer la solicitud.
Fuente: Agencia EFE