La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a una pena de cinco años de prisión a un joven colombiano de 26 años por un delito de abuso sexual sobre una menor de 16 años, y otro año más de prisión por corrupción al grabar un vídeo de ello en uno de los contactos íntimos.
Según recoge la sentencia dictada por el tribunal de la Sección Tercera, ambos se habían conocido a través de la conocido red social ‘Instagram’, mediante la que concertaron varios encuentros con carácter sexual en septiembre y octubre del año 2018.
Al parecer, se produjeron varios encuentros consentidos en el domicilio de él, y otro en un centro comercial. Fue la madre de la menor quien descubrió en su teléfono móvil las imágenes de uno de los encuentros, por lo que denunció la situación.
Reconoce encuentros con la menor
En el juicio, cuando declaraba, el procesado reconoció que había conocido a la joven a través de la mencionada red social, quedando ambos en su domicilio, pero niega que se produjeran relaciones sexuales y que hubiera tomado fotos y vídeos de contenido pornográfico.
Por su parte, el acusado, relata que él poseía esos vídeos porque la menor se los había enviado de forma voluntaria. Sin embargo, la declaración de la víctima es totalmente opuesta, y el tribunal entiende que que su relato «ha resultado totalmente convincente tanto por su forma de expresarse como por la claridad de su exposición, su persistencia, verosimilitud, ausencia de contradicciones y de motivos espurios».
Sentencia del Tribunal
En esta línea, la Sala concluye que el procesado es responsable de un delito de abuso sexual a menor de 16 años y señala que «el delito existe con independencia de la voluntad o consentimiento de la menor de 16 años». Es más, añade que el propio acusado reconoció que era conocedor de la edad de la chica en el momento de los hechos.
El tribunal rechaza aplicar la agravante de superioridad solicitada por la acusación particular, al tener en cuenta que el informe médico forense practicado tras la evaluación de la joven «no acaba de traslucir una situación de vulnerabilidad específica de intensidad suficiente para incrementar el desequilibrio de posiciones inherente a la menor edad de 16 años».